El Registro Civil recordó los requisitos para formalizar las uniones convivenciales

La dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas, a cargo de Guillermo Valdevenítez, recapituló cuáles son los requerimientos necesarios para formalizar las uniones convivenciales, figura legal que reconoce derechos a las parejas que conviven sin contraer matrimonio.
Según informó el Registro Civil, para registrar una unión convivencial es imprescindible la presencia física de ambos integrantes de la pareja, quienes deben ser mayores de 18 años y acreditar al menos dos años de convivencia previa.
Entre los requisitos documentales, los solicitantes deben presentarse con dos testigos mayores de edad, los cuales deben facilitar una copia del DNI y el documento respectivamente. La normativa establece que ambos convivientes figuren con estado civil de solteros, viudos o divorciados. En caso de viudez, deberán presentar el acta de matrimonio anterior junto con el acta de defunción actualizada del cónyuge fallecido. Para las personas divorciadas, se exige una copia del acta de matrimonio anterior que incluya la inscripción marginal de la sentencia de divorcio vincular debidamente actualizada.
Además, el director Guillermo Valdevenítez destacó un aspecto importante de la regulación: aquellas personas que hayan finalizado una unión convivencial previa deberán esperar un plazo de dos años de nueva convivencia para poder registrar una nueva unión.
El trámite de inscripción formaliza legalmente la relación de convivencia, otorgando a la pareja diversos derechos y obligaciones reconocidos por el Código Civil y Comercial vigente.
Se recuerda además que en las sedes de la ciudad de San Luis, Villa Mercedes, La Punta y Villa Merlo se pueden hacer las uniones convivenciales en turno vespertino, hasta las 18:00. El sellado para este trámite tiene un valor de $9.600.